Artículo 4
La industria de pescados y mariscos
Grupos de derechos humanos afirman que miles de personas son forzadas a trabajar en barcos de pesca, donde pueden permanecer durante años sin ni siquiera poder ver la costa.
Las víctimas aseguran que si te atrapan tratando de escapar pueden matarte o lanzarte por la borda.
Tailandia, que es el tercer exportador de mariscos del mundo, ha sido acusado de formar las tripulaciones de sus barcos con birmanos y camboyanos que fueron forzados a trabajar como esclavos.
Las autoridades están tratando de aplicar medidas enérgicas contra los traficantes de personas.
Muchas víctimas aseguran que fueron engañadas por intermediarios que les prometieron empleos en una fábrica y después los llevaron a barcos de pesca donde se les forzó a trabajar.
Un birmano que escapó de sus traficantes indicó que lo forzaron a abordar un pequeño barco en mar abierto donde tenía que pescar durante 20 horas al día sin recibir un pago.
"La gente decía que a cualquiera que trataba de escapar le rompían las piernas, le rompían las manos o incluso lo mataban", le dijo a la BBC.
Artículo 25:
Artículo 25. El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.
Una mujer estuvo cuatro años desempeñándose en el área de servicios generales en una embajada. Por su labor recibía un salario de un mínimo mensual legal. Con el paso de los días y debido a su avanzada edad, empezó a presentar dolores en las articulaciones, rodillas y hombros. El diagnóstico médico concluyó que padecía de artritis reumatoide. Las recomendaciones señalaban que no podía levantar objetos pesados, ni permanecer de pie por tiempo prolongado. Meses después de informar a la embajada de la enfermedad, fue desvinculada con el argumento de “bajo rendimiento laboral”. La mujer logró demostrar que, a pesar de haber trabajado bajo los síntomas de su enfermedad, siempre cumplió responsable y adecuadamente sus deberes.
Artículo 25:
Artículo 25. El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.
Una mujer estuvo cuatro años desempeñándose en el área de servicios generales en una embajada. Por su labor recibía un salario de un mínimo mensual legal. Con el paso de los días y debido a su avanzada edad, empezó a presentar dolores en las articulaciones, rodillas y hombros. El diagnóstico médico concluyó que padecía de artritis reumatoide. Las recomendaciones señalaban que no podía levantar objetos pesados, ni permanecer de pie por tiempo prolongado. Meses después de informar a la embajada de la enfermedad, fue desvinculada con el argumento de “bajo rendimiento laboral”. La mujer logró demostrar que, a pesar de haber trabajado bajo los síntomas de su enfermedad, siempre cumplió responsable y adecuadamente sus deberes.






